Cómo se calcula
Para cada opción se suma lo que pagas en el plazo, se resta el ISR que dejas de pagar gracias a las deducciones y, si compraste, lo que recuperas al vender el equipo. Todo se trae a pesos de hoy con el costo del dinero que captures: un peso que pagas en tres años vale menos que uno que pagas hoy.
- Comprar con depreciación del 25%: pagas el monto original al inicio y deduces el 25% cada año (LISR, art. 34, fr. VI) hasta completar cuatro años. Si lo vendes antes, ese año deduces lo que faltaba y la diferencia con el precio de venta es ganancia que paga ISR (arts. 18 y 31).
- Comprar con deducción inmediata: deduces en el primer ejercicio el 86% del monto original si compras en 2025 o 2026, o el 83% si compras de 2027 al 30 de septiembre de 2030 (la calculadora usa el del año en curso). Sólo aplica a montacargas nuevos, con constancia del Comité de Evaluación, y obliga a usar el equipo al menos dos años; por eso la calculadora no la muestra en plazos de un año. Al vender, el decreto permite deducir un remanente según los años transcurridos; para quedar del lado conservador, la calculadora no lo incluye y cobra ISR sobre todo el precio de venta.
- Rentar: la renta es un gasto deducible (LISR, arts. 25, fr. III, y 27). Se supone que incluye el mantenimiento; confírmalo en tu cotización.
- Arrendamiento puro: la cuota también es gasto deducible y al final devuelves el equipo. Si el contrato tiene opción de compra y la ejerces, el cálculo cambia. El arrendamiento financiero no está aquí: fiscalmente es una inversión (art. 38).
Supuestos
- Todo sin IVA. La renta y el arrendamiento también pagan 16% de IVA; si tu empresa lo acredita, no cambia la comparación.
- El ISR se ahorra al cierre de cada ejercicio y el equipo empieza a usarse al inicio del año. En la práctica, el primer año se deduce por meses completos de uso y la deducción se actualiza por inflación.
- Tu empresa tiene utilidad fiscal suficiente para aprovechar las deducciones el año en que tocan.
- Rentas y cuotas mensuales por adelantado y sin cambio de precio en el plazo.
- Valores de ejemplo: $665,000 de compra (el mismo ejemplo del artículo de depreciación), $20,000 de renta y $22,000 de cuota de arrendamiento. Son números para ver cómo funciona la comparación, no precios de mercado: cámbialos por los de tus cotizaciones.
Preguntas frecuentes
¿Qué conviene más, comprar o rentar un montacargas?
Depende de cuánto tiempo lo vas a usar y de tu flujo de efectivo. Con los valores de ejemplo de esta calculadora, rentar sale más barato si lo necesitas un año y comprar conviene a partir del segundo, porque la compra se deduce al 25% anual y al final el equipo sigue siendo tuyo.
¿La renta de un montacargas es deducible de impuestos?
Sí. La renta y la cuota de un arrendamiento puro son gastos deducibles en el ejercicio que corresponde, con su CFDI y los requisitos del artículo 27 de la Ley del ISR. El arrendamiento financiero, en cambio, se trata como una inversión.
¿Qué es la deducción inmediata del Plan México para montacargas?
Es un estímulo del Plan México (DOF 21-01-2025): permite deducir en un solo ejercicio el 86% del monto original de un montacargas nuevo comprado en 2025 o 2026, y el 83% si se compra de 2027 al 30 de septiembre de 2030, con constancia del Comité de Evaluación y la obligación de usarlo al menos dos años.
Fuentes
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 9, 25, 27, 31, 34 y 38 · Cámara de Diputados
- Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada Plan México, artículos Primero a Tercero · Diario Oficial de la Federación